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Actualizado hace 19 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Ejercicio abusivo de libertad de cultos puede afectar derechos de terceros (2:25 p.m.)

03 de Febrero de 2014

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Nota:
95309
Al resolver la impugnación de un fallo de tutela, el Consejo de Estado concedió el amparo de los derechos fundamentales a la intimidad y tranquilidad de los accionantes y ordenó a la Iglesia Cristiana Agua Viva (Neiva) que adopte las medidas necesarias para disminuir el ruido durante sus celebraciones religiosas, a niveles sonoros que no superen los decibeles permitidos, en los términos de la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud. En este fallo, la sala reiteró que en circunstancias en las que la afectación de derechos fundamentales se genera por contaminación auditiva puede llegar a ser pertinente el amparo de los derechos a la intimidad y la tranquilidad por vía de tutela, toda vez que los afectados no cuentan con otro medio de defensa judicial para su adecuada protección (C.P. María Claudia Rojas Lasso).

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