Docentes en situación especial de salud pueden recibir tratamiento diferencial positivo, al solicitar su traslado mediante tutela (4:32 p.m.)
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28 de Enero de 2011
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Como garantía del derecho a la salud y al trabajo en condiciones dignas y justas, en casos en que los docentes invocan quebrantos de salud que justifiquen la solicitud de un cambio de sede, es deber de la administración y, dado el caso, del juez constitucional, darles un trato diferencial positivo. Así lo señaló la Corte Constitucional al tutelar el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas y a la salud en conexidad con la vida de una docente que laboraba expuesta a sustancias que agravaban su estado físico (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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