Directiva presidencial fija pautas para evitar silencio administrativo positivo en solicitudes de atención de desplazados (5:10 p.m.)
11 de Agosto de 2011
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Nota:
76312
Con el fin de dar cumplimiento al Auto 383 del 2010 de la Corte Constitucional, sobre seguimiento a la Sentencia T-025 del 2004, que declaró el estado de cosas inconstitucional en la situación de los desplazados, el Gobierno acaba de expedir la Directiva Presidencial 17, dirigida a los ministros y a los jefes de Planeación Nacional y de Acción Social. En ella, les pide que analicen las solicitudes de ayuda presupuestal presentadas por las entidades territoriales, para ponerlas a consideración del consejo de ministros que se realizará el próximo mes de septiembre. Cabe recordar que dicho auto les ordenó a los entes territoriales que requieren dicha ayuda presentar la solicitud antes del 30 de julio del 2011. Si el Gobierno no responde expresamente antes del próximo 30 de septiembre, se configurará el silencio administrativo positivo y se entenderá que brindará el apoyo en los términos solicitados por la entidad territorial. Por el contrario, si la entidad territorial no presentó la solicitud oportunamente, se presume que cuenta con el presupuesto necesario para atender debidamente a las víctimas del desplazamiento forzado en su territorio.
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