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A detenidos no se les pueden conceder permisos administrativos (10:35 a.m.)

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24 de Noviembre de 2011

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Los permisos administrativos que se les conceden a los condenados no se les pueden otorgar a los procesados detenidos de forma preventiva. Así lo señaló la Sala Penal de la Corte Suprema, en sentencia de tutela reciente. Aunque el Decreto 1542 de 1997, que reglamenta el Código Penitenciario y Carcelario, sí contempla esta posibilidad, la Sala inaplicó por inconstitucional esta norma, al considerar que la Constitución establece que todos los temas relacionados con los procesados los debe solucionar un juez, y no un órgano administrativo, como el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) (M. P. Javier Zapata).

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