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Desmejora salarial requiere consentimiento expreso del trabajador (11:01 a.m.)

105462

11 de Febrero de 2016

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En principio, la desmejora salarial está prohibida por el ordenamiento jurídico. No obstante, de llegarse a presentar se tendrían que cumplir algunos requisitos, entre ellos que no se vulnere el salario mínimo legal y que se cuente con el consentimiento expreso del trabajador, el cual solo en circunstancias de carácter extremo, como pueden ser las económicas aducidas por el empleador, son de recibo del trabajador, sin que sea de obligatoria aceptación, indicó el Ministerio del Trabajo. La figura del ius variandi, conocida como la facultad del empleador para alterar las condiciones no esenciales del contrato de trabajo, no es absoluta, sino que debe materializarse dentro del marco del respeto de los derechos constitucionales y legales del trabajador, especialmente el honor y la dignidad. Esta requiere para su aplicación contextos de razonabilidad, teniendo en cuenta las necesidades de la empresa y la inexistencia de perjuicio al trabajador, lo cual, tratándose de disminución de salario, difícilmente se daría.

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