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¿Desde cuándo es oponible el fuero sindical al empleador? (4:27 p.m.)

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27 de Agosto de 2018

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Luego de indicar la definición de la figura del fuero sindical, la Corte Constitucional precisó desde cuándo es oponible el fuero sindical al empleador. En tal sentido afirmó que el artículo 363 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) dispone que, una vez realizada la asamblea de constitución, el sindicato de trabajadores comunicará al respectivo empleador y al inspector del trabajo, y en su defecto al alcalde, la constitución del sindicato con la declaración de los nombres e identificación de cada uno de los fundadores. Con base en la Sentencia C-465 del 2008 y la C-734 del 2008, el fallo concluyó que la regulación vigente no contempla un régimen objetivo del fuero sindical. Ello implica que para su activación el empleador debe tener conocimiento de los empleados que están amparados por la garantía foral, bien sea porque la organización sindical se lo comunicó formalmente o porque así lo hizo el Ministerio del Trabajo (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

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