Derecho de petición exige una respuesta de fondo: Consejo Superior (10:00 a.m.)
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11 de Octubre de 2012
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura negó la acción de tutela interpuesta por el representante legal de la comunidad negra de la isla Barú contra el Ministerio de Interior y una sociedad portuaria, pues no realizaron la consulta previa sobre la construcción de un proyecto de infraestructura en ese territorio. De acuerdo con el fallo, la acción era improcedente porque desconoció el principio de inmediatez, ya que se cuestionaron las supuestas irregularidades administrativas dos años después de su realización y, además, no se probó el perjuicio irremediable. Por otro lado, reiteró que el derecho de petición exige una respuesta de fondo, es decir, que la autoridad correspondiente se pronuncie sobre todos los asuntos planteados, sin ser evasiva. El magistrado Angelino Lizcano salvó parcialmente el voto, al estar en desacuerdo con la decisión de tutelar el derecho de petición (M.P. Jorge Armando Otálora).
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