Demandan procedimiento para entrega de predios restituidos (8:00 a.m.)
08 de Mayo de 2014
Reproducir
Nota:
96901
La expresión “dentro de los tres días siguientes al pago de las compensaciones ordenadas por el juez o magistrado, cuando hubiere lugar a ello”, del artículo 100 de la Ley 1448 del 2011, sobre la entrega de predios restituidos, vulnera los artículos 1º, 2º, 5º, 13, 29, 58, 228 y 229 de la Carta Política, así lo señala una demanda admitida por la Corte Constitucional el pasado 29 de abril. Según los accionantes, esta norma impone una barrera a la efectivización y goce del derecho a la restitución sin establecer un trato preferente en favor del grupo vulnerable de víctimas del conflicto (demandantes: Rocío del Pilar Peña Huertas, Ricardo Álvarez y Santiago Zuleta).
Opina, Comenta