Demandan norma que señala al cónyuge separado de hecho como beneficiario de la pensión de sobrevivientes (4:28 p.m.)
23 de Octubre de 2013
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Nota:
92573
La Corte Constitucional admitió una demanda contra la expresión “la otra cuota parte le corresponderá a la cónyuge con la cual existe la sociedad conyugal vigente”, del artículo 13 de la Ley 797 del 2003, que consagra los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes. A juicio del demandante, la norma excluye sin justificación alguna a los compañeros permanentes que antes del fallecimiento del causante deciden hacer vida común por un lapso superior a cinco años, sin que medie vínculo matrimonial, lo que sería una discriminación y violaría los artículos 13 y 48 de la Constitución (demandante: Carlos Alberto Chamat Duque).
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