Demandan expresión “indígenas” de causales de exoneración del servicio militar obligatorio
08 de Junio de 2021
La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad contra el literal j) del artículo 12 (parcial) y el literal b) del parágrafo del artículo 26 (parcial), exactamente la expresión “indígenas” de la Ley 1861 del 2017, que reglamentó el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización. Lo anterior por presuntamente vulnerar los artículos 1º, 2º, 7, 13, 70, 93, 310 y 55 transitorio de la Constitución Política y los artículos 1.2, 2.2 y 5º del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que hace parte del bloque de constitucionalidad en sentido estricto. Según los accionantes, estas disposiciones son contrarias al principio de pluralismo y diversidad étnica y cultural de la Nación, también al deber del Estado y sus autoridades de garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes constitucionales; al deber del Estado de reconocer la igualdad y dignidad de las diversas culturas que conviven en el país y a la protección especial de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. Igualmente, y por prevalencia en el orden interno, vulnera las obligaciones de reconocimiento de la conciencia cultural, de respeto de la identidad cultural y de protección de la integridad de los valores culturales (demandantes: Rossana Mejía Caicedo y otros).
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