Demanda pide que terceros sean notificados personalmente en el CPACA (11:22 a.m.)
26 de Noviembre de 2013
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Nota:
92983
Con base en la posible violación del artículo 29 de la Constitución, una demanda admitida recientemente pide retirar del ordenamiento jurídico las expresiones “deber de comunicar”, “les comunicará”, “la comunicación” y “comunicación”, contenidas en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA, Ley 1437 de 2011), relacionado con el deber de comunicar las actuaciones administrativas a terceros. De acuerdo con el demandante, los autos que originan una actuación administrativa deben notificarse personalmente, con el propósito de que el afectado por la decisión pueda ejercer su derecho a la defensa, solicitar pruebas y controvertir las existentes (demandante: Juan Felipe Acevedo Hill).
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