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Delito de propagación del virus del VIH o de la hepatitis B es discriminatorio e inconstitucional: Demanda (2:05 p.m.)

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17 de Octubre de 2018

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La Corte Constitucional admitió una demanda contra el artículo 370 del Código Penal, que tipifica la propagación del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) o de la hepatitis B como delito por considerarlo discriminatorio y, por ende, contrario a la Constitución. El demandante estima que la norma, al singularizar dos enfermedades y penalizar esta conducta sin considerar las particularidades médicas individuales ni las medidas que las personas portadoras puedan tomar para reducir el riesgo de transmisión ni el eventual consentimiento de su compañero o compañera genera una fuente de discriminación. Además, explica, las relaciones sexuales en estos eventos se encuentran protegidas por el artículo 16 superior, que garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad. De otra parte, considera que se afecta la libertad sexual y reproductiva, pues dicha categoría sospechosa de discriminación excluye a otras personas que pueden padecer otras enfermedades de transmisión sexual como la sífilis, a quienes no se les restringen sus derechos. Por las razones expuestas se solicita la expulsión de la norma del ordenamiento jurídico (demandante: Felipe Chica Duque).

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