Defensor de familia no puede realizar entrevistas simultáneas a menores víctimas de delitos (3:54 p.m.)
15 de Abril de 2016
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Nota:
106548
De acuerdo con lo previsto en la Ley 1098 del 2006, la presencia del defensor de familia en la práctica de entrevistas forenses a menores de edad víctimas de delitos es obligatoria, teniendo en cuenta su calidad de autoridad competente de prevenir, garantizar y restablecer los derechos de niños y adolescentes, así como el rol que desempeña en dichas entrevistas como garante de sus derechos a la intimidad, dignidad y demás derechos fundamentales, indicó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Teniendo en cuenta la importancia de la participación del funcionario en dichas entrevistas, no es viable su realización de manera simultánea, ya que se podrían ver afectados los derechos en mención.
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