Decreto sobre inversión obligatoria temporal en títulos de deuda pública de establecimientos de crédito es constitucional
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02 de Julio de 2020
La inversión obligatoria en títulos de deuda pública establecida como instrumento para ampliar las fuentes de liquidez que mitiguen el deterioro de las condiciones económicas y las consecuencias adversas generadas por la pandemia del coronavirus (covid-19), según un comunicado reciente de la Corte Constitucional, configura una limitación razonable y proporcionada a la libre empresa y a la propiedad que se justifica constitucionalmente. Esto quiere decir que el alto tribunal respaldó en su integridad el Decreto 562 del 2020 (M. P. Antonio José Lizarazo).
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