Declaran inexequible expresión del Código Penitenciario relacionada con participación de los reclusos (4:49 p.m.)
08 de Junio de 2016
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Nota:
107004
La Sala Plena de la Corte Constitucional anunció la declaratoria de inexequibilidad de la expresión “previa consideración del delito”, contenida en el artículo 118, parcial, del Código Penitenciario y Carcelario, en el cual se relaciona que en cada establecimiento de reclusión funcionará un consejo de disciplina. Para los demandantes, la expresión acusada vulneraba el artículo 2° de la Constitución Política, en tanto establecía restricciones innecesarias para la participación de los reclusos de un centro carcelario. El Ministerio Público, a través de un concepto, consideraba que la expresión acusada limitaba el derecho fundamental de la participación de los reclusos sin fundamento alguno y afectaba su resocialización. La corte acogió los argumentos de los accionantes, que consideraban que dicha condición contradecía el principio constitucional relativo a la participación de los ciudadanos en las decisiones que los afecten, como son, en este caso, el otorgamiento de estímulos y la imposición de sanciones.
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