Declaran inconstitucional norma que permitía cobrar tasa retributiva por uso de agua a estratos 1, 2 y 3 (10:29 a.m.)
10 de Agosto de 2015
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Nota:
103772
La Corte Constitucional declaró inexequible la norma que derogó otra disposición en la que se impedía ejercer el cobro de la tasa retributiva en los estratos 1, 2 y 3 durante cinco años (artículo 96 parcial de la Ley 1593 del 2012). La Sala retiró del ordenamiento la expresión “derogar el artículo 59 de la Ley 1537 de 2012”. A juicio de la corporación, resulta una medida regresiva, pues eliminó el beneficio solo seis meses después de su consagración legal. Aclaró que si bien puede considerarse la existencia de una tensión entre el derecho a la vivienda digna y la consecución de recursos para el sostenimiento de fuentes hídricas, las normas progresivas, como la primera, gozan de presunción de constitucionalidad en tanto que las regresivas se presumen inexequibles. La Sala concluyó que también se evidencia un desconocimiento de la unidad de materia del artículo 58 de la Constitución, pues fue incorporada en la ley anual de presupuesto del año 2013. El magistrado Luis Guillermo Guerrero no estuvo de acuerdo con esa conclusión y expresó que la derogación de la exclusión de la tasa retributiva para estos sectores correspondía a necesidades legítimas, lo que lo llevó a salvar el voto. Su compañero Mauricio González y Gabriel Eduardo Mendoza anunciaron que aclararán sus votos, mientras Jorge Iván Palacio y Gloria Stella Ortiz se reservaron la posibilidad de hacerlo (M. P. María Victoria Calle).
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