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Noticias / Constitucional


Declaran constitucional el Tratado entre Colombia y China para trasladar personas condenadas

31 de Mayo de 2022

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Nota:
143862

La Corte Constitucional realizó el control de constitucionalidad oficioso del Tratado entre la República de Colombia y la República Popular China sobre el traslado de personas condenadas suscrito en Beijing, así como sobre la Ley 2092 del 2021, aprobatoria de dicho instrumento.

El tratado fue suscrito entre los Estados contratantes con los objetivos de fortalecer la cooperación judicial en materia penal entre ambos países y garantizar la dignidad y bienestar de las personas condenadas, mediante la implementación de un mecanismo que les permitiese cumplir las penas en sus países de origen.

El análisis de constitucionalidad efectuado por la Corte se dividió en dos partes: (i) un análisis formal sobre el proceso de formación del instrumento internacional (adelantado por la rama ejecutiva), así como al trámite legislativo de su ley aprobatoria (adelantado por la Rama Legislativa) surtido en el Congreso de la República y (ii) un análisis material que cotejó las disposiciones del tratado y de la ley aprobatoria con el marco constitucional colombiano, con el fin de establecer si se ajustaban o no a la Carta.

El alto tribunal comprobó que al tener como propósitos la garantía de dignidad de los condenados, su bienestar y la facilitación de la función resocializadora de la pena, dicho instrumento se ajustaba a los postulados contemplados por el Constituyente en la Carta. Asimismo, consideró la Sala Plena que el objetivo de fortalecer de la cooperación judicial entre Estados coincide plenamente con lo dispuesto en los artículos 9 y 226 de la Constitución.

En consecuencia, la Sala resolvió declarar exequible el tratado, así como la Ley 2092 del 2021, aprobatoria del mismo (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

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