Declaran constitucional certificado de aptitud sicofísica para porte de armas en labores de vigilancia (11:42 a.m.)
25 de Agosto de 2015
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Nota:
103487
La Corte Constitucional declaró exequible la norma que impone la exigencia de un certificado de aptitud sicofísica para el porte de armas de personas dedicadas a labores de vigilancia y seguridad, así como la determinación de competencias, requisitos técnicos, tecnológicos y de procedimiento de dicho trámite (artículo 26 de la Ley 1539 del 2012). La decisión, que solo se refiere al cargo de supuesta violación a la libertad en la escogencia de oficio o profesión, indica que, para la Sala, ese exceso no tuvo lugar con la vigencia de la norma, por considerar que se trata de una exigencia que complementa otros requisitos para la labor, como el permiso para el porte y tenencia de armas. A su juicio, es una medida razonable y justificada para garantizar la seguridad de los ciudadanos, haciendo prevalecer el interés general; añadió que las disposiciones relativas a la regulación del trámite de expedición del certificado reducen la posibilidad de fraudes y facilitan la labor de control de la Superintendencia de Vigilancia Privada. Por ineptitud sustancial de la demanda, la Corte se inhibió de pronunciarse sobre los cargos de violación a los artículos 15, 25, 53, 152 (literal a)), 54, 83, 189 (numeral 22, 211 y 333) de la Constitución (M. P. María Victoria Calle).
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