Decisiones de acción popular pueden proteger derechos colectivos y fundamentales (1:55 p.m.)
04 de Diciembre de 2019
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La Corte Constitucional estudió el caso de unos trabajadores de una mina en Socha (Boyacá) que interpusieron acción de tutela para que el Ministerio de Ambiente suspendiera el trámite de delimitación de un páramo, pues el proyecto de resolución que había sido publicado implicaba la terminación de sus contratos de trabajo, sin que la autoridad hubiera considerado el impacto económico y social del acto administrativo. La Corte Constitucional encontró que había ocurrido un hecho superado, pues previamente el Consejo de Estado, al decidir sobre una acción popular, ordenó al ministerio llevar a cabo el trámite de delimitación asegurando la elaboración de un plan de manejo ambiental del ecosistema con la participación de los tutelantes. Así, ratificó que en las decisiones de acciones populares se pueden adoptar medidas que protejan derechos colectivos y a su vez satisfagan garantías fundamentales. De igual forma, el alto tribunal indicó que, en el marco de estas dos acciones, a pesar de ser diferentes, los jueces pueden tomar decisiones más allá de lo pedido, con el fin de detener la amenaza o conjurar el daño (M. P. José Fernando Reyes).
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