Debido proceso debe garantizarse cuando se pretenda modificar la situación de un acreedor de subsidio (8:00 a.m.)
06 de Agosto de 2019
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Nota:
121224
Como derecho fundamental, el debido proceso debe garantizarse en las actuaciones administrativas y, especialmente, en aquellas que tengan como finalidad modificar la situación de una persona que sea acreedora de un subsidio estatal. Así lo concluye una sentencia reciente de la Corte Constitucional, luego de resaltar que la materialización de este derecho supone que las autoridades tomen la determinación correspondiente con plena y total observancia de las condiciones, procedimientos y exigencias previstas en las normas jurídicas, en cumplimiento del principio de legalidad y que, a la par de lo previsto, le otorguen al ciudadano la oportunidad de ejercer su derecho de defensa y contradicción (M.P. Luis Guillermo Guerrero).
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