11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Crecimiento urbano sostenible y planificado no puede excluir a ciertas personas del acceso a servicios públicos (4:00 p.m.)

25 de Noviembre de 2013

Reproducir
Nota:
93009
El deber del Estado de propender por un crecimiento urbano sostenible y planificado no puede excluir a ciertas personas del acceso a los servicios públicos domiciliarios, en razón a su condición de pobreza o marginalidad, señaló la Superintendencia de Servicios Públicos. Por el contrario, el artículo 13 de la Constitución Política señala que la debilidad económica y la marginación deben ser el fundamento de acciones afirmativas, en beneficio de quienes están en riesgo o amenaza y no pueden llevar una vida digna y de integración.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)