Cotizar a salud no es requisito para que aportes al régimen de pensiones se tengan en cuenta (8:45 a.m.)
16 de Agosto de 2012
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Nota:
83025
La cotización en el régimen de seguridad social en salud no es requisito para que los aportes pensionales se tengan en cuenta, reiteró la Corte Constitucional. A su juicio, negar el reconocimiento de pensiones al exigir requisitos adicionales a los fijados en la Carta Política y en la ley viola los derechos fundamentales de los peticionarios. Con estos argumentos, la corporación tuteló los derechos a la seguridad social, debido proceso y mínimo vital de una persona de 81 años de edad, a quien el ISS le negó la pensión de vejez porque no había cotizado simultáneamente al régimen en salud. Así, el alto tribunal le ordenó a la entidad reconocer el beneficio pensional retroactivamente y sin exigir ninguna otra condición (M.P. Luis Ernesto Vargas).
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