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Corte respalda a copropietarios cuando interponen tutelas contra órganos de administración (12:39 p.m.)

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11 de Septiembre de 2018

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La Corte Constitucional, a través del estudio de una línea jurisprudencial, indicó que la acción de tutela es procedente cuando un copropietario o residente de una propiedad horizontal la presenta contra los órganos de administración, pues el primero se encuentra en una situación de subordinación frente a los segundos. Por otro lado, una organización o institución privada vulnera el derecho de petición de una persona que se encuentra en subordinación cuando esta presenta una solicitud y la entidad no emite respuesta de fondo dentro del término legalmente establecido (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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