13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Corte reiteró que la autonomía universitaria no es absoluta, pues debe respetar otros principios constitucionales como el de la buena fe (2:01 p.m.)

19 de Julio de 2010

Reproducir
Nota:
67572
La autonomía universitaria posee un amplio alcance normativo, pues puede, entre otros, modificar sus estatutos y desarrollar sus planes de estudio y sus programas académicos, así como fijar las posibilidades de pago y matrícula ordinaria y extraordinaria. Sin embargo, no se trata de un principio absoluto, pues su eficacia se encuentra sujeta a límites impuestos por el respeto a otros principios constitucionales. Por su parte, es obligación de los estudiantes cumplir los requisitos establecidos en el reglamento para el acceso y permanencia en cada institución educativa, en virtud de la naturaleza “dual” del derecho-deber a la educación, y del carácter vinculante del reglamento para la comunidad universitaria. Por tal razón, la Corte Constitucional tuteló el derecho a la educación de un joven que fue retirado unilateralmente por la Universidad del Atlántico, pues aunque el joven desconoció el reglamento en cuanto a suscripción de matrícula, la institución creó la expectativa en el estudiante de poder realizar su inscripción extemporánea, transgrediendo el principio de buena fe (M. P. Luis Ernesto Vargas).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)