Corte publica sentencia que declaró exequible la tipificación de la injuria y la calumnia (11:56 a.m.)
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05 de Septiembre de 2011
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La Corte Constitucional, en sentencia del pasado 25 de mayo, declaró exequibles las normas del Código Penal que prohíben la injuria y la calumnia. Según el fallo, estos delitos no son desproporcionados ni violan el principio de legalidad, por ende, no vulneran la libertad de expresión. Además, la Corte indicó que la existencia de estos tipos penales no bloquea la libertad de información de los periodistas, pues solo les exige cautela en el ejercicio de su profesión. Los magistrados Juan Carlos Henao y María Victoria Calle salvaron el voto (M.P. Humberto Sierra Porto).
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