13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Corte hace llamado a la solidaridad de género entre mujeres por prácticas denigrantes en redes sociales (9:33 a.m.)

06 de Julio de 2018

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Nota:
108171
La Corte Constitucional estudió una tutela presentada por una trabajadora del servicio doméstico a quien su exempleadora acusó por redes sociales de haberse robado una blusa. Por lo anterior, a la trabajadora le llegaron mensajes con contenido agresivo, descalificador, e incluso amenazante, de personas allegadas a su antigua empleadora. El alto tribunal recordó que, según el artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo, la creación de listas negativas por parte de los empleadores, entendidas como la difusión de información de sus extrabajadores que impliquen limitaciones posteriores de su acceso al mercado laboral están prohibidas. Lo anterior con el fin de salvaguardar los derechos fundamentales de los trabajadores a la intimidad personal y familiar, así como al buen nombre y honra. Por último, indicó que se debe dar un uso responsable a las redes sociales, evitando victimizaciones con los contenidos que allí se publiquen (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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