11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 16 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Corte declara exequible la edad de retiro forzoso (9:45 a.m.)

22 de Noviembre de 2018

Reproducir
Nota:
108581
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró ajustada a la Constitución la Ley 1821 del 2016, por medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas, solo por los cargos analizados en esta oportunidad. En efecto, la Corte descartó la procedencia de los vicios de forma analizados y, en cuanto al fondo del asunto, explicó que el cargo relacionado con la vulneración de los principios de racionalidad de la ley y de mérito en el acceso a la función pública, en armonía con el derecho a la renovación laboral, no prosperó pues la ley se justifica en varios objetivos válidos desde el punto de vista constitucional, que en nada afectan el derecho al retiro digno. Así, señaló que al ampliar la edad se aumenta la probabilidad de que las personas puedan cumplir con los requisitos para acceder a una pensión al permitir que tengan un mayor tiempo para completar las semanas mínimas de cotización o ampliar la base requerida para su ahorro pensional, en beneficio de los derechos a la seguridad social y al mínimo vital. Lo anterior adquiere una especial relevancia frente al régimen de prima media con prestación definida en el que aumentó el número de semanas de cotización de 1.000 a 1.300, con ocasión de la expedición de la Ley 797 del 2003 (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)