Corte Constitucional respalda una de las causales de libertad del proceso penal (9:25 a.m.)
04 de Mayo de 2017
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Nota:
55749
La Sala Plena de la Corte Constitucional informó sobre la exequibilidad del numeral 6° del artículo 2º de la Ley 1786 del 2016. Le correspondió a la Corte determinar si existía una omisión legislativa con relación a esta disposición, según la cual transcurridos 150 días contados a partir de la fecha de inicio de la audiencia de juicio, y si no se ha celebrado la audiencia de lectura del fallo o su equivalente, el acusado debe ser puesto en libertad. La norma fue acusada por no incluir a los acusados privados de la libertad y amparados por la presunción de inocencia que aguardan la decisión de segunda instancia. La alta corporación encontró que la carencia de regulación a la cual se refieren los demandantes no tiene sustento, si se tiene en cuenta que los acusados que esperan la decisión de segunda instancia no se encuentran desprotegidos, ni se les viola el derecho a un debido proceso sin dilaciones injustificadas, pues tampoco están sometidos a estar indefinidamente privados de la libertad (M. P. José Antonio Cepeda).
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