Corte Constitucional respalda forma de distribución de los pagos por derechos conexos de autor (3:20 p.m.)
28 de Noviembre de 2012
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Nota:
84974
La forma de distribución de los pagos derivados de los derechos conexos a los de autor, contenida en el artículo 69 de la Ley 44 de 1993, que modificó la Ley 23 de 1982 y la Ley 29 de 1944, no viola el derecho a la igualdad y protege la propiedad intelectual. Para el alto tribunal, el método establecido permite reconocer a los artistas intérpretes o ejecutantes y a los productores de fonogramas una remuneración equitativa, en la medida en que identifica el papel específico que cumple cada uno en la divulgación de la obra (M . P. María Victoria Calle Correa).
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