Corte Constitucional reitera que se deben garantizar los servicios de salud a los exsoldados que sufrieron lesiones durante la prestación del servicio (4:43 p.m.)
16 de Mayo de 2011
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Nota:
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La Corte Constitucional recordó que las Fuerzas Militares están obligadas a asistir médicamente a los soldados activos o a quienes “estén prestando el servicio militar obligatorio cuando hayan sufrido menoscabo en su salud”. Sin embargo, aclaró que esa obligación se extiende más allá del retiro de los miembros de la institución, cuando esa desvinculación sea consecuencia de lesiones o enfermedades causadas durante la prestación del servicio, que hubieren disminuido sus capacidades físicas, mentales o sensoriales. En esa medida, la asistencia médica debe brindarse hasta tanto sus condiciones de vida y su estado de salud se restablezca (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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