Corte Constitucional reitera que la expresión “tiras cómicas o historietas gráficas” de la Ley del Libro es inexequible (12:35 p.m.)
10 de Mayo de 2013
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Nota:
88605
La Corte Constitucional retomó lo resuelto en la Sentencia C-1023/2012 respecto de la expresión “tiras cómicas o historietas gráficas” del inciso segundo del artículo 2º de la Ley 98 de 1993 (Ley del Libro), para concluir que el tratamiento diferenciado previsto para estos géneros de publicaciones, además de injustificado, es contraproducente y se opone a la Constitución establecer un trato diferenciado únicamente en función del empleo de un diverso lenguaje (C. P. Mauricio González Cuervo).
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