Corte Constitucional recuerda criterios para impartir órdenes complejas en fallos de tutela (9:25 a.m.)
24 de Junio de 2013
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Nota:
89322
La Corte Constitucional reiteró los criterios establecidos desde la sentencia T-418 del 2010, en la que compiló y sistematizó las reglas empleadas por el juez constitucional para impartir órdenes complejas. Al respecto, recordó que estas operan en los casos en los que se constata una violación de una obligación de carácter prestacional o positiva, derivada de un derecho constitucional fundamental, órdenes que se clasifican en simples y complejas. Por otra parte, el alto tribunal reiteró las reglas en las cuales la acción de tutela desplaza a la acción popular, y en el caso particular de la necesidad de la construcción de una obra pública, señaló que esta debe partir de la comprobación efectiva de la vulneración de los derechos fundamentales de los accionantes (M.P. Maria Victoria Calle Correa).
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