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Corte Constitucional precisa requisito de subsidiariedad de la tutela cuando se discuten asuntos laborales y prestacionales (10:02 a.m.)

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28 de Noviembre de 2018

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La Sala Plena de la Corte Constitucional publicó una sentencia de unificación sobre la procedencia de la acción de tutela y el requisito de subsidiariedad, particularmente cuando se discuten derechos laborales y prestacionales. Allí indicó que en el caso concreto la tutela resultó improcedente por no satisfacer los requisitos generales contra providencias judiciales. De otra parte, tampoco se acreditó la subsidiariedad en su ejercicio ni un supuesto de perjuicio irremediable, dado que la garantía de los derechos invocados como conculcados por la entidad se encuentran garantizados en el recurso extraordinario de revisión, interpuesto y admitido por el Consejo de Estado. Una conclusión contraria, explica, vaciaría el contenido de la competencia del juez contencioso administrativo, pues la finalidad específica del precitado recurso es verificar si la pensión otorgada mediante las sentencias que se cuestionan en sede de tutela fue futo de un fraude a la ley, abuso del derecho o de alguna situación derivada del desconocimiento al debido proceso. Consulte el caso completo en el documento adjunto (M. P. Carlos Bernal Pulido).

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