Corte Constitucional ordenó suspender pagos de indemnizaciones decretados vía tutela a favor de víctimas de desplazamiento forzado (3:34 p.m.)
02 de Julio de 2010
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Nota:
66905
La Corte Constitucional, como medida cautelar, ordenó suspender el cumplimiento de cualquier orden de pago relativa a la indemnización de perjuicios ocasionados a víctimas de desplazamiento forzado que haya sido emitida por acciones de tutela interpuestas contra la agencia Acción Social o por incidentes de liquidación de perjuicios ordenados por acciones constitucionales. Según la Sala Plena, la medida se justifica debido a que no existen criterios jurisprudenciales unificados sobre la aplicación de mecanismos idóneos para hacer efectiva la reparación e indemnización vía administrativa, lo que puede afectar el derecho a la igualdad. Actualmente se estudia, al interior de la corte, una sentencia de unificación al respecto. La corporación aclaró que la medida no se aplica a los incidentes de reparación por vía penal o a los procesos contencioso administrativos o de otro tipo donde hayan condenas por perjuicios causados por el desplazamiento, o dentro de los procesos de justicia y paz (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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