Corte Constitucional ordena rectificar declaraciones del Procurador General contra campañas de salud sexual (10:00 a.m.)
12 de Septiembre de 2012
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Nota:
83439
La Corte Constitucional amparó los derechos al acceso a servicios de salud reproductiva, al libre desarrollo de la personalidad, a la vida, a la salud física y mental, a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y a la información en materia reproductiva de 1.280 mujeres que interpusieron una acción de tutela en contra del procurador Alejandro Ordóñez, por sus declaraciones sobre las campañas sobre derechos de las mujeres en casos excepcionales de aborto, ordenadas en la Sentencia T-388 del 2009. El funcionario dijo que dichas campañas eran para promocionar el aborto. Según el alto tribunal, la función del procurador le impide desconocer los contenidos de un derecho fundamental como el de la salud sexual y reproductiva de las mujeres, más aun cuando estos han sido definidos en sentencias vinculantes expedidas por la Corte Constitucional. El alto tribunal explicó que la Procuraduría no podía solicitar la modificación de una norma expedida por la Superintendencia de Salud que buscaba el cumplimiento de un mandato de la Corte Constitucional, pues va contravía de la jurisprudencia y amenaza el efectivo ejercicio de los derechos fundamentales que llevaron a la Corte a reconocer la IVE en las hipótesis despenalizadas en la Sentencia C-355 del 2006. La Sala ordenó la rectificación y modificación de las declaraciones (M. P. Humberto Sierra Porto).
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