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Corte Constitucional ordena indemnización en abstracto a favor de una mujer a la que se le prohibió el ingreso a un establecimiento público, por su color de piel (2:24 p.m.)

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27 de Mayo de 2011

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La Corte Constitucional tuteló los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la honra y la dignidad humana a persona a la que le impidieron el ingreso a dos establecimientos nocturnos de Cartagena, debido a su color de piel. La corte valoró las pruebas al respecto, desde el punto de vista del principio de la sana crítica y la presunción de buena fe. Según la sala, la simple negativa de acceso a un establecimiento abierto al público es solo una de las estrategias y prácticas de rechazo sustentadas en el prejuicio que materializan el estereotipo racial. La corte ordenó una indemnización en abstracto por el perjuicio moral ocasionado (M. P. Clara Inés Vargas).

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