Corte Constitucional explica por qué es exequible prohibir gravámenes sobre registros notariales (2:55 p.m.)
11 de Mayo de 2015
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Nota:
100648
Concluyó que esta norma no desconoce la prohibición de conceder exenciones en relación con tributos de las entidades territoriales, contenida en el artículo 294 de la Carta Política de 1991. A su juicio, lo que hizo el legislador fue establecer un escenario en el cual no es exigible el cobro de tributos, como lo es la radicación o envío por vía electrónica de documentos notariales ante las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos. La magistrada María Victoria Calle anunció que, eventualmente, podría aclarar el voto (M. P. Gloria Stella Díaz).
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