Corte Constitucional explica casos para redimir un bono pensional (1:05 p.m.)
12 de Abril de 2019
Reproducir
Nota:
112402
El derecho a seguridad social tiene un carácter fundamental relacionado con el derecho al mínimo vital, más aún cuando se trata de personas que se encuentran en estado de indefensión y que son destinatarias de una especial protección constitucional. De acuerdo con esta tesis, la Corte Constitucional precisó recientemente que el bono pensional se puede redimir en los casos en los que hay lugar al reconocimiento de la indemnización sustitutiva, cuando la persona prestó servicios al Estado o a una de sus entidades descentralizadas y que se trasladó al Instituto de Seguro Sociales (M. P. Gloria Stella Ortiz).
Opina, Comenta