14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Corte Constitucional declaró inexequible la reforma al Código de Minas, pero difirió sus efectos a dos años (8:50 a.m.)

12 de Mayo de 2011

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Nota:
73472
La Corte Constitucional declaró inexequible la ley que reformó el Código de Minas (Ley 1382 del 2010), por omisión del deber de consulta con las comunidades indígenas y afrodescendientes, pero difirió los efectos de la inconstitucionalidad a dos años. Es decir, la norma estará vigente durante este periodo, para permitir al Congreso que se subsane el vicio y se efectúe la consulta respectiva. El presidente del alto tribunal, Juan Carlos Henao, explicó que la inconstitucionalidad de la norma afectaría derechos medioambientales, por lo que se tomó la decisión de diferir los efectos del fallo. El magistrado Gabriel Eduardo Mendoza salvó su voto por estimar que se podía condicionar la exequibilidad de la ley. Respecto al diferimiento, se apartaron de la decisión los magistrados Luis Ernesto Vargas, Humberto Sierra y Gabriel Mendoza. LEGISmóvil les ofrece el audio de la rueda de prensa. Escuchar declaraciones.

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