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Corte al Consejo de Estado: Precedente constitucional en pensiones es obligatorio y prevalente (9:38 a.m.)

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27 de Marzo de 2019

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La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional reafirmó que la interpretación de la Corporación sobre el ingreso base de liquidación (IBL) de las pensiones de beneficiarios del régimen de transición es obligatoria para todos los jueces, incluso para las altas cortes. Se trata de un precedente que fue establecido desde la Sentencia C-258 del 2013, en la cual se impusieron topes a las pensiones de congresistas y altos funcionarios. En consecuencia, la Corte disipó cualquier duda sobre el deber de aplicar el precedente que ha fijado sobre la liquidación de pensiones de beneficiarios del régimen de transición, pues la aplicación de normas anteriores a la Ley 100 de 1993 causa desigualdades e implica una carga desproporcionada para el sistema pensional (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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