Corridas de toros con arraigo cultural son compatibles con la Constitución Política (2:53 p.m.)
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05 de Abril de 2019
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La Corte Constitucional, a través de reciente comunicado de prensa, informó que, en acatamiento a lo decidido en la Sentencia C-666 del 2010, la exclusión de penalización de las actividades taurinas, coleo y riña de gallos (parágrafo tercero del artículo 5º de la Ley 1774 del 2016), que constituyen manifestación de expresiones con arraigo cultural en determinadas poblaciones de Colombia, resulta compatible con la Constitución Política, en las condiciones establecidas por la jurisprudencia de la corporación. La magistrada Diana Fajardo y su colega Alberto Rojas no compartieron la decisión de la Sala Plena (M. P. José Fernando Reyes).
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