Coronavirus (covid-19)No utilización del tapabocas daría lugar a la imposición de medidas correctivas
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23 de Febrero de 2021
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Por medio del Decreto 55, del 22 de febrero, la Alcaldía de Bogotá adoptó nuevas medidas para mantener la seguridad, el orden público y la salubridad como consecuencia de la pandemia de coronavirus (covid-19). La norma establece el uso obligatorio del tapabocas, ventilación obligatoria, lavado de manos y desinfección, distanciamiento físico y medidas de higiene y distanciamiento para el caso de personal, clientes y funcionamiento de establecimientos y locales abiertos al público. Según la disposición, la no utilización del tapabocas podrá dar lugar a la imposición de las medidas correctivas establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así como a las demás a que haya lugar. Así mismo, para el caso de los establecimientos y locales abiertos al público, dispone la suspensión inmediata de la actividad por incumplimiento. De otra parte, dispone que no podrán funcionar discotecas, bares, gastrobares, lugares de baile y establecimientos similares, ni el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. Solo está permitida la venta de bebidas embriagantes dentro de los establecimientos públicos cuya actividad económica principal sea de comidas preparadas, ya sea a la mesa, autoservicio o en cafetería. La razón de la medida es el alto nivel de incumplimiento que se evidenció el pasado fin de semana por parte de los establecimientos que quisieron hacerle “trampa” a las normas de bioseguridad y que trataron de prestar sus servicios de rumba bajo la figura de restaurantes.
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