11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Coronavirus (covid-19)Emergencia sanitaria no da lugar a que se aplace la jornada laboral para compartir con la familia

19 de Junio de 2020

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Nota:
116865
Teniendo en cuenta que dentro de la normativa expedida durante el estado de emergencia sanitaria derivado de la propagación del coronavirus (covid-19) no hay ninguna disposición que modifique la Ley 1857 del 2017, por la cual se obliga al empleador a promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia, entre otras razones porque la misma establece formas de cumplirla que podrían ser escogidas por el empleador, no sería viable su aplazamiento, precisó el Ministerio del Trabajo. Actualmente, el empleador podría elegir la primera y tercera opciones que dispone la norma, relativas a la realización de la jornada con su propio peculio, tal como él disponga y obedeciendo el aislamiento preventivo obligatorio y con la concesión de la jornada remunerada libre, respectivamente. Considerando la época de emergencia económica en la que los miembros de la familia más cercanos están reunidos, cualquiera de las dos opciones serían las formas de darle cumplimiento a la norma, que pretende incentivar las relaciones familiares, sin la presión del trabajo durante la jornada laboral.  

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