Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Coronavirus (covid-19)Decreto que creó el Fondo de Mitigación de Emergencias se ajusta a la Constitución

Openx [71](300x120)

116821

25 de Junio de 2020

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto 444 del 2020, por el cual se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome) para atender las necesidades de atención en salud, los efectos adversos generados a la actividad productiva y la necesidad de que la economía continúe brindando condiciones que mantengan el empleo y el crecimiento. Según el alto tribunal, la norma cuestionada cumple con todos los requisitos formales de constitucionalidad, pues fue suscrito por el Presidente y todos los ministros, fue proferido durante la vigencia y en desarrollo del estado de emergencia, tiene por objeto dictar disposiciones en materia de recursos y contiene motivación, ya que expresa las razones que justificaron su expedición, el objeto que persigue y la finalidad de las medidas adoptadas. Adicionalmente, manifestó que las medidas están directa y específicamente encaminadas a conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos. Salvaron su voto los magistrados Cristina Pardo y Alberto Rojas, al considerar que la disposición afecta la autonomía territorial y viola el artículo 48 de la Constitución, que establece que los recursos de la seguridad social no se podrán destinar para fines diferentes. 

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)