Coronavirus (covid-19)Condiciones a empresas afectadas por covid-19 para emitir títulos representativos de deuda son constitucionales
16 de Octubre de 2020
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La Corte Constitucional declaró exequible el Decreto 817 del 2020, que estableció las condiciones especiales para la emisión de valores en el segundo mercado por parte de empresas afectadas por el estado de emergencia económica, social y ecológica. Según la Corporación, esta norma contiene una regulación equilibrada que no sacrifica ningún interés constitucional y, por el contrario, brinda a las empresas constituidas a través de SAS una nueva posibilidad de financiación buscando evitar entrar en procesos de insolvencia y manteniendo los puestos de trabajo. Adicionalmente, las medidas no contienen algún tipo de discriminación. Igualmente aseguró que la motivación del decreto permite afirmar que las medidas adoptadas están dirigidas a evitar la extensión de los efectos de la crisis. En este sentido, el Gobierno Nacional evaluó correctamente su utilidad. Además, este decreto amplía las posibilidades de financiación con el ingreso al segundo mercado, y la medida ordenada de emitir títulos representativos de deuda es idónea en tanto sugiere menores costos en un mercado desintermediado y con pacto de condiciones entre los interesados (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).
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