14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Copia de la negativa de disponibilidad del servicio de acueducto debe remitirse a la Superservicios

15 de Octubre de 2020

Reproducir
Nota:
118372
Cuando el prestador de los servicios públicos de acueducto y/o alcantarillado le comunica al peticionario del servicio la no disponibilidad inmediata del mismo también deberá remitir dentro de los cinco días siguientes a su negativa copia de la comunicación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, adjuntando los análisis que sustenten la decisión y demás soportes. Si la superintendencia no encuentra probados los argumentos del prestador para la negativa, en el acto administrativo correspondiente le ordenará el otorgamiento de dicha viabilidad y disponibilidad. En el evento en que la empresa incumpla con el otorgamiento, el expediente se remitirá al funcionario competente para efectos de que imponga las sanciones a que haya lugar. Por el contrario, si están probados los argumentos del prestador, así se deberá consignar en el respectivo acto administrativo, el cual deberá ser comunicado tanto al solicitante como al ente territorial respectivo, entre otras razones para dar cumplimiento a las inversiones previstas en materia de servicios públicos en los programas de ejecución de los planes de ordenamiento territorial.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)