14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Control sobre cooperación internacional que reciben las entidades sin ánimo de lucro es posterior a su ejecución (9:50 a.m.)

12 de Octubre de 2017

Reproducir
Nota:
58190
Si bien los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no rembolsables están sometidos a vigilancia y control de la Contraloría General de la República, de acuerdo con el artículo 33 del Decreto 111 de 1996, dicho control es posterior y selectivo por expreso mandato constitucional, es decir, después de su ejecución y solo mediante el análisis de los respectivos convenios y contratos. Por lo tanto, el ente de control no puede determinar de manera previa y generalizada si los recursos de asistencia o cooperación internacional que reciben las entidades sin ánimo de lucro son públicos y si son reembolsables.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)