12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Vigilancia a sociedades de gestión por parte de la DNDA es constitucional: Procuraduría ( 4:56 p.m.)

20 de Septiembre de 2013

Reproducir
Nota:
91512
La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare exequibles las funciones atribuidas a la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) para la inspección y vigilancia de las sociedades colectivas de gestión (artículos 26 (parcial), 27 (parcial), 37 y 38 de la Ley 44 de 1993). Para el Ministerio público, resulta razonable que entidades de esta naturaleza se encuentren sujetas al control de una autoridad estatal, ya que se trata de particulares a cargo de la protección del patrimonio cultural, que la institucionalidad está llamada a proteger y a incentivar, por mandato del artículo 70 de la Constitución. Además, dice, resulta precisa esta tarea, dadas las observaciones de la propia DNDA respecto a los incumplimientos de estas sociedades para con los titulares del derecho. La ponencia será presentada próximamente por el magistrado Mauricio González.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)