Vigilancia en aulas de clase a través de cámaras puede representar una violación de la intimidad (9:04 a.m.)
26 de Septiembre de 2013
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Nota:
91403
Sobre el derecho a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad en las aulas de instituciones educativas, la Corte Constitucional consideró, en sentencia publicada recientemente, que si bien las seguridad es un objetivo legítimo, las medidas de vigilancia en las aulas de clase a través de cámaras pueden representar una violación de la intimidad y de las libertades individuales de los educandos y los docentes. A juicio de la sala, cuando los individuos se relacionan entre sí en determinados entornos sociales, de alguna manera renuncian a mantener en reserva algunos aspectos de su personalidad o informaciones que les conciernen. En estos espacios, afirma, la injerencia de terceros puede inhibir la realización de las actividades de sus integrantes. Gabriel Mendoza salvó el voto (M. P. Mauricio González Cuervo).
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