Víctimas tienen derecho a ser advertidas, protegidas y excluidas de la confrontación armada: Sección Tercera (12:55 p.m.)
14 de Enero de 2019
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Nota:
111041
La Sección Tercera del Consejo de Estado destacó recientemente el deber general del Estado de proteger a la población civil alejándola del conflicto armado y, en todo caso, procurar su defensa con medios adecuados y estrategias efectivas. Ahora, de no ser ello posible y ante la realidad del daño, reparar los derechos e intereses particulares afectados, porque, y al margen de cualquier consideración, las víctimas tienen que haber sido advertidas, protegidas y en general excluidas de la confrontación. Así las cosas, el alto tribunal ha dispuesto la reparación en estos casos, siempre que en estos eventos, como los que se estudió en el caso concreto objeto de estudio, resulte afectado un particular ajeno al conflicto. “Aspecto que extraña profundamente a la Sala, pues las autoridades desconocieron un primer ataque y omitieron poner en funcionamiento todas las herramientas necesarias para la protección de la población y de sus mismos agentes”, concluyó en el expediente la corporación. Razón por la cual revocó la decisión de instancia y, a su vez, condenó a la Nación por los perjuicios causados en el 2002 con ocasión de una incursión guerrillera en Aguas Blancas, Valledupar (Cesar) (C.P. Stella Conto Díaz).
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